Lo dijo por Radio Urbana el fiscal Miguel Palazzani respecto a la sentencia que condenó a 22 imputados por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura.
Como ya se informó por Radio Urbana, 22 imputados fueron condenados el miércoles en el tercer juicio desarrollado en Bahía Blanca por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura.
En este caso, las condenas fueron por hechos ejecutados en el ámbito de la Armada Argentina teniendo como epicentro la Base Naval Puerto Belgrano y sus dependencias.
18 de los 22 acusados recibieron penas de prisión perpetua, tres fueron condenados a 8 años de cárcel, mientras que al restante se lo castigó con 18 años de prisión.
José Nebbia y Miguel Palazzani conformaron el Ministerio Público Fiscal y éste último fue entrevistado en “Informe de un día”, programa que se emite por Radio Urbana: “De lo que se resolvió, se puede inferir que el tribunal receptó la hipótesis de la acusación, lo cual es histórico desde el punto de vista de que por primera vez se discutía el sistema represivo que había implantado la Armada Argentina. Y la verdad que era todo un desafío explicarlo porque la Armada fue mucho más sofisticada que el Ejército que fue más brutal. Entonces, adentrarnos en eso no fue una tarea fácil y era todo un desafío para que el tribunal pudiera receptarlo”.
El fiscal destacó que en este juicio, a diferencia de los otros dos, el tribunal juzgó los llamados delitos sexuales que antes estaban incluidos dentro de lo que se denominan torturas: “Entonces, se entendía que picanear a una mujer o torturarlas en sus genitales o someterlas a escenas de desnudez o someterlas a permanentes actos de indignidad vejando su integridad sexual y todo lo que ya conocemos de lo que ocurrió en los centros clandestinos, se entendía que integraba el delito de torturas”.
Todo ello, agregó Palazzani, invisibilizaba el componente distinto que tuvo ese ataque contra el colectivo de las mujeres dentro del circuito represivo:“Entonces, mirarlo y calificarlo desde el punto de vista jurídico, nombrarlo distinto, y además calificarlo distinto con el tipo del Código Penal que corresponde, permite visualizar también desde otro lugar ese ataque que se hacía a las mujeres en su doble condición: de mujer y de, como decían ellos, de subversiva porque no respondía a los parámetros de mujer que ellos querían implantar”.
Por otro lado, Palazzani destacó que el tribunal haya ordenado que el diario La Nueva, antes llamado La Nueva Provincia, haga una rectificación como acto moralmente reparatorio y de reconstrucción de la memoria respecto a informaciones publicadas y que involucraban a las víctimas que refiere la causa del juicio: “El avance en la reparación biográfica de las víctimas con la publicación o con la rectificación de La Nueva Provincia de las noticias que presentaban a las personas como enemigos de la patria, para decirlo rápidamente, y la orden de que se rectifique, también es simbólicamente muy fuerte”.
Audio nota completa a Miguel Palazzani: