Los interesados en participar deberán inscribirse en la mesa de entradas del Ente Nacional Regulador del Gas de lunes a viernes de 10 a 17 con la documentación correspondiente. La convocatoria se hizo luego del freno al tarifazo que dispuso la Corte Suprema.
Según una resolución del Enargas publicada este viernes en el Boletín Oficial, la audiencia se llevará a cabo el día lunes 12 de septiembre a las 9 en la Usina del Arte, ubicada en Agustín Caffarena 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Además, instruyó al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) a que disponga las medidas para que las empresas distribuidoras del servicio apliquen a los usuarios los cuadros tarifarios vigentes hasta el 31 de marzo.
«Convocar a Audiencia Pública a fin de considerar: a) el traslado a tarifas de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte y b) las tarifas transitorias de transporte y distribución, que estarán vigentes hasta la aprobación definitiva de los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral», señala el artículo 1 de la Resolución 3953/2016 del Enargas, publicada en el Boletín Oficial.
La audiencia se realizará el lunes 12 de septiembre, desde las 9, en la Usina del Arte, ubicada en Agustín Caffarena 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Según la resolución del Enargas, podrán participar «toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo, interés simple o derecho de incidencia colectiva».
Quienes quieran inscribirse, así como informarse sobre las condiciones para participar, deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Enargas, lunes a viernes de 10 a 17, hasta dos días antes de la realización de la audiencia.
En tanto, a través de la Resolución 152 – E/2016, el Ministerio de Energía instruye al Enargas a que «disponga las medidas necesarias a fin de que las prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país, apliquen a los usuarios residenciales, por los consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016».
Además, señala que los usuarios que accedieron a la Tarifa Social no podrán abonar un monto mayor al que les hubiese correspondido por ese beneficio, según las Resoluciones que dispusieron los ajustes de precios a principio de año.
En tanto, establece que «los montos no abonados por los usuarios de cualquier categoría, por consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016», podrán pagarse hasta en «cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de septiembre de 2016».
Tal como adelantó el Gobierno ayer, los usuarios que ya abonaron sus facturas con el incremento recibirán un crédito en sus facturas «a partir de la primera facturación a emitirse con posterioridad a la presente, hasta cubrir la totalidad del monto respectivo».
Ayer, la Corte Suprema de Justicia anuló con un fallo unánime el incremento de las tarifas de gas para los usuarios residenciales, que representan alrededor del 25 por ciento de la facturación, tras resolver que es «obligatoria» la realización de audiencias públicas, establecidas en la Constitución Nacional, que en este caso la Casa Rosada no había concretado.
Fuente: minutouno.com