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Home»Ahí Vamos»Matías Cremonte, abogado laboralista
Ahí Vamos

Matías Cremonte, abogado laboralista

22 mayo, 2025
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El día de ayer, el Presidente Javier Milei firmó un decreto a través del cual se limita fuertemente el derecho constitucional a la huelga en la Argentina. Esto sucede porque se amplía la cantidad de actividades laborales que pasan a ser consideradas esenciales, donde se debe sostener un funcionamiento del 75%, mientras que también crea el concepto de actividades «trascendentales», que deben sostener un 50% de actividad.

Matías Cremonte, abogado laboralista, explicó que «el decreto amplía lo que se es considerado servicio público esencial, a los efectos de limitar el ejercicio de derecho a huelga. Históricamente se trató de ámbitos limitados, como son los sanitarios, la distribución de servicios esenciales, el control de tráfico aéreo, etc. Las mismas deben sostener un sistema de guardias para que, ante una emergencia, no se ponga en peligro la vida, salud y seguridad de la población. Sin ninguna necesidad objetiva más que limitar el derecho a huelga, el decreto 340 extiende el concepto de servicio esencial a muchas más actividades, y a esas le impone un mínimo del 75% de una prestación que hay que asegurar mientras dura una huelga. Esto, a fines prácticos, es lo mismo que decir que está prohibida la huelga«.

Se publicó hoy en el BO el Decreto 340/25 mediante el que el Gobierno vuelve a la carga contra el derecho de huelga. Igual que como en el declarado inconstitucional DNU 70/23, amplía de tal modo los servicios esenciales que prácticamente prohibe hacer huelgas 1/7👇

— Matías Cremonte (@matias_cremonte) May 21, 2025

«Hoy el comercio puede considerarse servicio de importancia trascendental, y es muy difícil determinar si se debe sostener la actividad en el 50% de los comercios, de los empleados por comercio, de lo que se factura. El remedio puede ser peor que la enfermedad» Matías Cremonte.

¿Qué puede suceder de aquí en adelante en términos jurídicos tras la publicación del decreto? El profesional detalló que «muchos tribunales inferiores y de justicia laboral tienen la capacidad, así como muchos sindicatos, de hacer diversas presentaciones y acciones judiciales en curso. Entiendo que en cualquier momento se van a dictar medidas cautelares que vayan contra el decreto. Desde el punto de vista del derecho, es completamente absurdo; tiene un sesgo ideológico que va en contra incluso de la propia política de desregulación que impulsa el Gobierno nacional, regulando desde el Estado el derecho a huelga».

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