Un nuevo fallo revocó otro de primera instancia que había frenado el aumento publicado el 26 de febrero. Sin embargo, sigue vigente la suspensión del cobro de dos impuestos en las boletas, lo que significa una rebaja del 15% en el monto final.
Es que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo revocó un fallo de primera instancia que había frenado la suba del servicio eléctrico de más del 140 por ciento que se aprobó para La Plata y los restantes municipios del interior bonaerense.
La resolución habilita a las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la Provincia) y las cooperativas, a cobrar la suba en el servicio.
En este fallo, la Cámara hizo lugar a una de las siete apelaciones que presentaron entre las empresas y la Fiscalía de Estado contra la resolución del titular del Juzgado Contencioso Administrativo 1 platense, Luis Arias, que en mayo pasado frenó el tarifazo aprobado por el gobierno provincial argumentando que no se había hecho una audiencia pública.
El titular del Organismo de Control de Energia Eléctrica de Provincia de Buenos Aires (OCEBA), Jorge Arce, explicó que, «una vez notificadas las distribuidoras, la facturación que se emita a partir de ahí deberá hacerse con el cuadro tarifario nuevo».
El funcionario aseguró, sin embargo, que la resolución judicial no avanza sobre la cuestión de fondo del fallo de Arias, que plantea que no se realizó una audiencia pública previa al anuncio del aumento, sino que acepta las apelaciones y da «efecto suspensivo», a la medida de la instancia anterior hasta que se resuelva el caso.
Por otra parte, desde el OCEBA se recordó que pese a que las empresas podrán a partir de ahora cobrar la nueva tarifa, continúa vigente el fallo de la justicia de Pergamino, extensible a toda la Provincia, que suspendió el cobro de dos impuestos bonaerenses en las boletas de la luz, lo que significa una rebaja del 15 por ciento en el monto final del servicio.
Fuente: Minutouno.com