El Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) reglamentó a través la resolución 292 la ley que aplicará la gratuidad de tarifas del servicio eléctrico para las personas electrodependientes por cuestiones de salud, según fue publicado en el Boletín Oficial. La medida será retroactiva al 26 de mayo y según advirtieron a ámbito.com desde la cartera, hay dos puntos que todavía restan avanzar: el registro nacional de electrodependientes -que depende del Ministerio de Salud- y la reglamentación de los equipos electrógenos necesarios.
La medida, contempla que el titular del servicio o uno de sus convivientes se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud, para así tener garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente, con un tratamiento tarifario especial gratuito.
Si bien para la reglamentación faltaba que el Ministerio de Desarrollo Social completar el Registro Nacional de electrodependientes, como es un proceso lento, el Ministerio de Energía había decidido el mes pasado avanzar ahora con las disposiciones para la entrada en vigencia del beneficio.
Desde el Gobierno aclararon a este medio que aquellos que pagaron la tarifa desde el 26 de mayo con el beneficio anterior tendrán un crédito a favor que se les restituirá y que solo regirá para usuarios de Edenor y Edesur. Luego cada provincia debe adherir a la ley y aplicarla en su propio distrito con sus distribuidoras.
Respecto a los grupos electrógenos, desde el Ministerio de Energía aclararon que es una responsabilidad de las distribuidoras de energía y que se sigue trabajando para reglamentar eso lo más pronto posible.
La norma incluyó además en el beneficio a quienes «requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado, y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud».
La bonificación «se asignará a una única unidad habitacional por beneficiario, sea éste titular del servicio o conviviente, cuya demanda sea identificada como residencial, debiéndose acreditar asimismo que la unidad habitacional constituye la vivienda permanente del usuario inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud».
La ley 27.351 dispuso además que los electrodependientes deberán contar con una fuente alternativa de energía en caso de cortes de luz, que garantice la continuidad del servicio. Dicha fuente debe además cumplir con los requisitos para el cuidado del medio ambiente.
En este sentido, el ENRE determinará las condiciones que deberá contener la solicitud de la fuente alternativa, así como las de provisión, custodia, instalación, operación, mantenimiento y manipulación en condiciones de seguridad para personas y bienes, y todo otro aspecto que resulte necesario establecer para su aplicación por las concesionarias Edenor y Edesur.
Las familias electrodependientes debieron realizar una odisea para ver satisfecha esta necesidad. Primero encararon una durísima lucha en el Congreso para lograr la sanción de la ley, que establece la gratuidad del servicio eléctrico para los pacientes que necesitan el suministro para vivir. Luego, protagonizaron una cruel batalla para que el Gobierno nacional promulgue la norma, que finalmente hoy se cumplió.
Fuente: pagina12.com.ar