El Gobierno removió a Pedro Biscay del cargo de director del Banco Central de la República Argentina (BCRA), para el cual había sido designado en 2014 por la administración kirchnerista, «por mediar mala conducta e incumplimiento de los deberes de funcionario público».
Así lo resolvió a través de un decreto 571/2017, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, «previo consejo de una comisión del Honorable Congreso de la Nación».
«Remuévese del cargo de director del Banco Central de la República Argentina al señor D. Pedro Martín BISCAY (M.I. N° 26.691.009), por mediar mala conducta e incumplimiento de los deberes de funcionario público», ordena la disposición del Poder Ejecutivo Nacional.
El Poder Ejecutivo justificó el despido de Biscay (que tenía mandato hasta 2019) por entender que el ahora exfuncionario realizó «diversas manifestaciones respecto de medidas adoptadas» por el Banco Central.
«Existen variados y consistentes elementos de juicio que determinan la violación de la Carta Orgánica del Banco Central por parte del señor Pedro Martín Biscay», añadió.
Además, sostuvo que un dictamen de una Comisión Bicameral del Congreso de la Nación, conocido ayer, indicó que las actitudes de Biscay «no se compadecen con las obligaciones de su cargo y que afectan el marco de legalidad del Banco Central y los objetivos constitucionales del mismo, lo que configura un caso de mala conducta y violación de los deberes de prudencia y responsabilidad requeridos por la función que desempeña».
Según el dictamen del Congreso, «surge que las declaraciones públicas hechas por un director del Banco Central, no se adecúan en lo más mínimo a las políticas de comunicación de cualquier Banco Central mínimamente responsable».
«Tampoco se adecúan al deber de generar previsibilidad y confianza en las políticas del Banco Central, sino que por el contrario van en sentido inverso a dichas políticas, impactando por lo tanto negativamente en los efectos que dichas políticas buscan generar», agregó el documento parlamentario.
Asimismo, en los considerandos del decreto publicado se remarca que «no se trata en el caso de su supuesto de afectación de la libertad de expresión (…), pues con tal criterio se podría sostener que también deberían violarse los secretos de Estado o publicarse elementos de la vida privada de las personas -protegidos por las normas constitucionales- o dejarse de lado la reserva que impone la responsabilidad del desempeño de determinados cargos».
Fuente: pagina12.com.ar