EL ORGANISMO RECAUDADOR ACLARARÁ QUE LA MAYOR PARTE DEL NUEVO ESQUEMA YA ESTÁ VIGENTE
Estos tres beneficios se aplicarán en febrero, pero serán retroactivos. La AFIP quiere reglamentar controles para evitar “excesos”.
Las mejoras en el Impuesto a las Ganancias para más de un millón de personas en relación de dependencia comenzarán efectivamente a ejecutarse en la liquidación de los sueldos de enero los que, en general, se perciben en febrero. Sólo deberán esperar los beneficiarios de tres de los ítems que se reglamentaron en los últimos cambios del impuesto: la deducción de los alquileres, viáticos y horas extras. En este caso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará las reglamentaciones correspondientes entre la última semana de enero y la primera de febrero, con lo que no se llegará a tiempo para aplicar los beneficios en la liquidación salarial de enero. De todas maneras, el beneficio podrá pagarse con retroactividad a enero ya que Ganancias es un impuesto anual. Esto quiere decir que los que puedan deducir cualquiera de los tres ítems podrán sumar el dinero a percibir cuando las empresas liquiden los salarios de febrero, que se cobran, en general, en marzo.
La AFIP aclarará en las próximas horas que ya están vigentes las reglamentaciones generales que corresponden a la Ley 27.346 que aprobó el Congreso en la última semana de diciembre de 2016, luego de un serio conflicto político entre el Gobierno y la oposición y que luego derivó en el acuerdo con la CGT. El organismo que maneja Alberto Abad habilitará a las empresas a que realicen las liquidaciones de los salarios de enero ya con las mejoras que están vigentes, luego de las resoluciones generales que reglamentaron la ley. Y que no habrá necesidad de esperar a que todo el cuadro normativo esté ya regulado. Luego, mencionará la AFIP, las mejoras que vayan apareciendo en futuras resoluciones generales se irán sumando al cuadro administrativo ya puesto en marcha y los beneficios de las nuevas deducciones irán aplicándose desde febrero.
Con esta decisión la AFIP autoriza definitivamente el nuevo esquema, que eleva al impuesto a un nuevo mínimo no imponible de 37.000 pesos brutos (30.500 de bolsillo) para casados con dos hijos, y a 27.941 pesos brutos (23.200 de bolsillo) para solteros. Además se mantienen las deducciones por hijo, cónyuge, padres y empleada doméstica. También la obligación para los jubilados de comenzar a tributar cuando sus haberes superen los $30.000 mensuales; la posibilidad de liquidar un 5% para los nuevos trabajadores que se vayan incorporando el régimen. Todas estas mejoras se podrán aplicar ya en enero. La AFIP también reglamentará en las próximas semana la manera de calcular la liquidación de Ganancias para los aguinaldos, para que los trabajadores no vean alteradas sus liquidaciones ni las bandas por el plus del pago del Salario Anual Complementario. En este caso la base exenta comenzará en los $37.000 brutos de sueldo (un medio aguinaldo de algo más de $15.000 en mano) para trabajadores en pareja y con dos hijos y de $27.941 (brutos) para quienes no descuenten por cónyuge ni hijos.
Los tres ítems que aún quedan por reglamentar por parte de la AFIP y cuyo beneficio demorará hasta la liquidación de salarios de febrero son los siguientes.
• Viáticos. Se sabe que se incluyen las deducciones al 40% de lo que se cobre por viáticos; con un tope de $2000 mensuales, límite que será revisado para el caso del transporte de media y larga distancia tanto de personas como de mercaderías. Lo que el organismo debe terminar de reglamentar es el mecanismo por el cual se podrán ir incorporando los documentos que se consideren válidos, como gastos de viáticos, y puedan ser sumados mensualmente a la liquidación de los trabajadores.
• Horas extras y feriados. La nueva reglamentación implica que las horas extras de feriados y días no laborables se deducen al 100%; mientras que las horas extra puede hacer saltar de escala. Esta fue una de las principales condiciones que la CGT impuso como condición para acordar con el Gobierno y que el macrismo luego defendió como uno de los argumentos principales de las aplicación de las mejoras en el impuesto. Lo que resta reglamentar es la manera en la que en los recibos de sueldo se incluirán las horas extras y el soporte técnico al que deberá tener acceso la AFIP para determinar que efectivamente el trabajo se realizó en feriados o días no laborales. El organismo quiere también aplicar un mecanismo de control para fiscalizar que empresas no disfracen aumentos reales en los sueldos con incrementos ficticios en las horas extras laborales, en especial luego de la aplicación de las próximas subas de salarios producto de las paritarias 2017.
• Alquileres. La norma ya vigente incluye que se podrán deducir hasta el 40% del monto abonado por alquileres, con un tope de $4.000 mensuales. En estos tiempos los técnicos de la AFIP están diseñando el mecanismo administrativo para poner en marcha el beneficio, que incluirá una declaración jurada on line donde la persona menciona los datos de la vivienda que alquila. Pero además jura que no tiene ningún otro tipo de propiedad a su nombre. Hay que recordar que el beneficio sólo rige para los trabajadores que no posean ningún tipo de inmueble, «cualquiera sea su proporción», y en un sentido amplio del concepto. Quedan fuera los dueños, aunque sean en porcentajes ínfimos, de casas, departamentos, oficinas, depósitos, terrenos, campos, chacras, etc; ubicados tanto en el país como en el exterior, declarados obviamente ante el organismo recaudador.
Fuente: ambito.com