La Sala II de la Cámara Federal porteña consideró que ninguno de los 22 procesados por intimidación pública tuvo conductas que justificaran tal acusación. Advirtió sobre el “déficit probatorio” del fallo del juez Marcelo Martínez de Giorgi.
La Sala II de la Cámara Federal porteña revocó todos los procesamientos por intimidación pública de los manifestantes y transeúntes detenidos el 1º de septiembre, cuando la Policía de la Ciudad salió a arrestar personas al voleo luego de que se produjeran incidentes en una marcha por la aparición con vida de Santiago Maldonado. Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah remarcaron el “déficit probatorio” del fallo de primera instancia que dictó el juez Marcelo Martínez de Giorgi. Advirtieron que ninguno de los 22 procesados por intimidación pública tuvo conductas que justificaran tal acusación, y que las pruebas presentadas por la policía no muestran lo que el juez aseguró que mostraban. Por ejemplo, De Giorgi procesó a reporteros gráficos en base a imágenes digitalizadas por la policía en las que sólo se los ve haciendo su trabajo; varios manifestantes terminaron acusados con videos que no los muestran a ellos, sino a otras personas. Los camaristas también dejaron en claro que manifestar con la cara tapada no puede ser considerado como intimidación pública.
Los camaristas no cerraron la causa: sólo cuatro de los acusados fueron sobreseídos, entre ellos los periodistas de la Red Nacional de Medios Alternativos (RNMA) Juan Mourenza y Ezequiel Medone, mientras que para otros dictó la falta de mérito. Por último, a dos les confirmaron el procesamiento por “resistencia a la autoridad”, una figura de menor gravedad, y les disminuyeron el monto de los embargos a 50 mil pesos. Los iniciales habían sido millonarios.
¿A qué se refirieron con lo del “déficit probatorio”? Irurzun y Farah detallaron entre estos casos el de Daniel Carrizo, que fue procesado en base a dos fotos; en una ya estaba detenido, y en la otra se ve a una persona con la cara tapada que ni es Carrizo ni aparece en actitud agresiva.
A Boris Meza las capturas de pantalla presentadas por la policía sólo lo muestran con una patineta bajo el brazo, agachado o corriendo y luego siendo detenido.
La “prueba” contra Rodrigo Nahabian fueron imágenes donde se lo ve, con la cara tapada, caminando delante de un cartel por Santiago Maldonado y en otra detenido “mas en ninguna se lo observa en actitudes agresivas”, indicaron los camaristas.
Demián Tutaglio aparece en un CD asomando la cabeza detrás de un contenedor de residuos, “sin realizar acto delictivo alguno”.
Patricio Salazaro es mostrado en un fotograma gritando, y en un video ya detenido, gritando que buscaba su mochila y que venía de ver a La Renga.
Los abogados defensores consideraron que lo fundamental del fallo son las 22 revocaciones de los procesamientos por intimidación publica. “Esto es importante porque la intimidación pública es una figura que forma parte del menú tipo utilizado contra de la protesta social”, explicó María del Carmen Verdú, de Correpi. Pero cuestionaron otros puntos de la resolución.
“En la causa había 22 procesados por intimidación pública y resistencia a la autoridad. Nosotros habíamos planteado como cuestión previa la nulidad de las actas policiales y las indagatorias que les tomaron, que reprodujeron esas acusaciones iniciales. Sostenemos que son apócrifas porque no describen las cosas como fueron: por ejemplo dicen que detuvieron en la Plaza de Mayo a una persona que estaba en una pizzería pasando el Obelisco. O hablan de siete detenidos en el mismo momento y lugar, cuando los siete fueron arrestados en lugares distintos. La Cámara rechazó estos pedidos, que hubiesen anulado toda la causa”, reseñó. “Después de darle validez a las actas policiales, dicen que las actas no sirven para nada por sus irregularidades. Así, hay 13 personas que quedaron con una falta de mérito, es decir que continuarán siendo investigadas. Y hay dos imputados a los que les mantuvieron los procesamientos por resistencia a la autoridad cuando tampoco hay pruebas”. Son los únicos detenidos fotografiados con una piedra en la mano, lo que tampoco es asimilable al delito que les imputan.
Un aspecto clave de la causa es que se encargó a la misma policía bajo sospecha de haber cometido las detenciones arbitrarias la presentación de las imágenes digitalizadas que se utilizaron como prueba para los procesamientos. Como respuesta, los defensores llevaron al juzgado su propia recopilación y análisis de imágenes, con las que demostraron las falsedades o inconsistencias de la prueba policial. También pesó la intervención del Sindicato de Prensa (Sipreba) en la defensa de los periodistas que terminaron presos por estar cubriendo la manifestación.
“La resolución de la Cámara es un avance, porque dejó claro las arbitrariedades del juez de primera instancia, tanto de los procesamientos como de los embargos”, consideró el abogado Nicolás Tauber, de Liberpueblo; “pero es una victoria a medias. Creemos que justicia hubiera sido que sobreseyeron a todos y que apartaran al juez de la causa, que imputo arbitrariamente a personas contra las que no había pruebas, avalando así las detenciones arbitrarias. Se logró la falta de mérito, pero entendemos que la causa tiene que terminar en el sobreseimiento de todos”.
Fuente: pagina12.com.ar