Impulsado por la Asociación Pensamiento Penal, hoy a las 15 presentarán en el Senado el documento #a30añosdebazterrica, firmado por más de 250 jueces, fiscales y defensores, en el que proponen el debate para descriminalizar el consumo de drogas.
Una declaración firmada por 258 jueces, fiscales y defensores reclama el “debate legislativo y aprobación de una ley que no criminalice a los usuarios de drogas prohibidas”. Para eso alienta la eliminación de las figuras penales que castigan la tenencia simple y la tenencia para consumo personal así como el cultivo para uso propio, y sugiere que se discutan la regulación de determinadas sustancias –en la línea con la legalización de la compraventa de marihuana en Uruguay– como camino para “quitarlas de las manos de las redes criminales” en combinación con políticas de reducción de daños. El documento advierte que la persecución penal como principal estrategia no es eficaz en reducir el consumo de drogas ni en desbaratar al crimen organizado sino que, al contrario, puede empeorar la situación de los sectores más vulnerables. La propuesta es impulsada por la Asociación Pensamiento Penal y será presentada hoy en el Salón Azul del Senado. El punto de partida es que se cumplen treinta años desde que la Corte Suprema firmó el fallo conocido como “Bazterrica”, el primero que desincriminó la tenencia de estupefaciente para consumo personal, luego retomado por “Arriola” en 2009 y –sin embargo– las fuerzas de seguridad nunca dejaron de perseguir a los eslabones más débiles en la cadena del tráfico y también actúan con criterio propio muchos jueces. Tampoco fue modificada la ley, pese a múltiples reclamos y la existencia de una veintena de proyectos.
“La guerra contra las drogas y sus políticas públicas basadas en la criminalización y represión, han demostrado ser un rotundo fracaso en nuestro país y el mundo entero, sin que se haya logrado disminuir el consumo de sustancias estupefacientes ni perseguir eficazmente el crimen organizado, asegurar el derecho a la salud de las personas que usan drogas prohibidas, ni garantizar el acceso a las sustancias a quienes las precisen con fines médicos, terapéuticos o paliativos del dolor”, dice la “Declaración de Magistrados Argentinos por una Política de Drogas respetuosa de los Derechos Humanos”, que contiene propuestas y recomendaciones que enfocan “el consumo de drogas como una cuestión de salud pública”.
El juez Mario Juliano, titular de APP, dice que en el Poder Judicial “se ha constituido una fuerte corriente que está convencida y reclama un cambio de orientación de las políticas públicas de drogas” y que comparte la convicción de que “la sociedad está madura para afrontar un debate que modifique los paradigmas”.
Bazterrica y después
La ley de drogas (27.737) castiga la producción, venta, comercialización y consumo de sustancias prohibidas. Su artículo 14 prevé de uno a seis años de prisión para quien tuviera drogas en su poder, y de un mes a dos años cuando es para uso personal. Este último punto es el que estuvo en discusión en el fallo Bazterrica de 1986 –que revirtió la mayoría automática de la Corte Suprema– y luego con el caso conocido como Arriola, donde el alto tribunal resolvió la inconstitucionalidad de ese tramo de la ley al considerar que viola la privacidad y la autonomía individual. El documento de APP cita una estadística que muestra que “el 70 por ciento de las causas que tramitan en el fuero federal es producto de la actividad de las fuerzas de seguridad ante situaciones de consumo de drogas y sólo el tres por ciento apunta al tráfico de estupefacientes”. De acuerdo a los relevamientos que hace periódicamente el fiscal Federico Delgado en el fuero federal, en cerca del ochenta por ciento de los casos la sustancia incautada es marihuana.
Gustavo Bazterrica era el guitarrista de los Abuelos de la Nada y en 1981, en un allanamiento en su casa, la policía incautó unos gramos de droga, por lo que llegó a estar condenado, hasta que la Corte lo absolvió. El fallo Arriola, sentó las bases de un camino novedoso, pero dejó un pequeño resquicio para la libre interpretación. Decía que el castigo a la tenencia para consumo personal era inconstitucional siempre que no afectara “derechos o bienes de terceras personas”. El caso tratado por los supremos transcurría dentro de una casa, o sea, era indiscutible que se trataba de un ámbito privado donde los que consumían allí marihuana no molestaban a nadie. Pero la inmensa mayoría de las aprehensiones que hace la policía son en la calle u otros espacios públicos donde queda la duda sobre cuál es el límite en la afectación a terceros.
Por eso fue tan importante un fallo que firmó la Sala II de la Cámara de Casación la semana pasada, donde volvió a declarar la inconstitucionalidad de la criminalización de la tenencia para el consumo en el caso de un chico que estaba fumando marihuana durante un festejo del día de la primavera en un parque público en Santa Rosa, La Pampa, y fue demorado por la policía. La sentencia dice que para procesar con el argumento de que molesta o afecta a otros, habría que demostrarlo, algo que no sucedió. En el caso en cuestión, para colmo los policías alegaban que actuaban como parte de una “Campaña de prevención del Uso Indebido de Estupefacientes”, aunque no explicaron cuál era la tarea de prevención en llevarse a alguien detenido y abrirle una causa penal.
La jueza Angela Ledesma, una de las que firmó el fallo de Casación con Alejandro Slokar y suscribe el documento de APP, le dijo a Página/12: “No es que propugno el consumo de drogas (…) la triste realidad consagra la selectividad penal, mano dura para pobres e impunidad para poderosos”. Es la postura de la mayoría de los jueces que apoyan el pedido de una reforma (ver aparte). Pero el caso de La Pampa, donde un estudiante llegó procesado a Casación por tener un cigarrillo de marihuana, muestra que otros jueces eligen actuar en consonancia con la policía, sin importar lo que haya dicho la Corte.
Es muy raro que alguien quede preso/a por más de unas horas en una causa por tenencia para consumo personal. De todos modos, esa es ya una instancia de criminalización y pone en marcha una maquinaria de dispendio de recursos estatales. Las detenciones más prolongadas se producen por tenencia y tráfico en todas las escalas.
Hay cifras globales que muestran la tendencia creciente a las respuestas punitivas y represivas ante el problema de las drogas, en la medida que en diez años, entre 2002 y 2013 se duplicó la población detenida en todo el país por infracción a la ley de drogas. El incremento fue del 113 por ciento. El número pasó de 3271 a 6979 detenidos. Así lo refleja el último trabajo de Alejandro Corda, de la Asociación Intercambios, que se presentará esta semana con el nombre “La estrategia fallida. Encarcelamientos por delitos relacionados con estupefacientes en Argentina”.
La creciente criminalización, plantea el texto de los jueces, hace que los usuarios con trastornos por el consumo de drogas no buscan asistencia por temor a ser perseguidos judicialmente y recibir tratamientos compulsivos. Cita trabajos de Naciones Unidas, la OEA, el Observatorio Europeo de Drogas y Toxicomanías, y conclusiones de la propia Corte Suprema, que asocian el consumo de drogas con factores culturales, económicos y sociales, pero aseguran que el mayor castigo no es lo que lo modifica. Por eso insisten en poner en primer plano al “sistema sanitario” y las estrategia preventivas: derogar las medidas compulsivas de tratamientos, ya que “no se ajustan a estándares en materia de derechos humanos”, porque operan como sanción y castigo, violan la autonomía personal y son ineficaces; reglamentar la ley que ya existe que implementa un plan integral para el abordaje de los consumos problemáticos (o Plan Icop); controlar los establecimientos que dan asistencia.
Alto costo
“La persecución penal trae altos costos, económicos y humanos, y casi ninguna modificación en los mercados ilegales. Empeora la situación de muchas personas en situación de vulnerabilidad”, advierte Corda. Basta ver, dice, que creció la población carcelaria de mujeres, entre 2007 y 2015, un 68 por ciento, y el principal motivo de detención está vinculado con drogas. Muchas de esas mujeres quedan presas con sus hijos pequeños, arrastrados así por el sistema, y la mayoría son extranjeras, según la Procuración Penitenciaria, que quedan desvinculadas de sus familias. La declaración de APP propone que la situación de las “mulas”, “utilizadas como mano de obra barata y descartable” “abusando de su situación de pobreza y necesidad”, “sometiéndolas a graves vejámenes, extorsiones, amenazas y riesgos a la salud”, sea evaluada con aplicación de la ley de trata de personas.
El aumento de los presos por delitos de drogas es atribuido también a la ley de desfederalización, que habilitó en 2005 a que los tribunales de cada provincia que adhieran a la norma apliquen sus criterios. Se aplica en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Salta, Chaco y Entre Ríos, donde lo que se incrementó es “la aplicación de la ley sobre los pequeños actores del tráfico y los usuarios”, en algunos lugares en un 200 por ciento, dice el documento de APP, que impulsa la derogación de esa norma, que “no ha dado resultados prácticos beneficiosos”. Para peor, en algunas de esas provincias, como Córdoba y Salta, el sistema judicial y policial están implicados. En Córdoba, y también en Santa Fe, fueron detenidos jefes policiales vinculados incluso al área de drogas por estar involucrados en tramas de narcotráfico. En Salta fue detenido y procesado el juez de Orán, Raúl Reynoso, por beneficiar a narcos a cambio de coimas.
En términos de recursos el documento cita estudios internacionales que dicen que “las medidas orientadas a disminuir la demanda son siete veces más efectivas que las destinadas a contrarrestar la oferta de drogas”. En Argentina, el 95 por ciento del presupuesto para drogas se orienta a controlar la oferta y sólo los 5 restantes a reducir la demanda, cuando la proporción mundial es 60 y 40 por ciento respectivamente.
Los puntos más novedosos y desafiantes de la propuesta que viene de un sector del sistema judicial sugieren estrategias de reducción de daños, como los testeos para que quienes consuman drogas –por ejemplo sintéticas como en las fiestas electrónicas– conozcan la calidad de lo que ingieren y descarten la presencia de sustancias tóxicas. En Rosario este año, por ejemplo, se aprobó implementar esas medidas como prevención. Fue después de la tragedia de Costa Salguero, donde murieron cinco jóvenes. Las organizaciones civiles que promueven la reducción de daños, la describen como una forma de gestionar los riesgos y el placer. APP cita el ejemplo de la regulación del mercado de marihuana en Uruguay ante el fracaso del esquema prohibicionista, como posible camino a debatir. Añade que cuando se requieran sustancias prohibidas para usos medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor no deberían existir trabas en el acceso.
Fuente: pagina12.com.ar