En la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires se presentó, y obtuvo media sanción, el proyecto de Ley de Asociaciones Civiles y Mutuales, que plantea una serie de medidas que brindan un marco de protección a estas entidades en el contexto de la pandemia. Facundo Tignanelli, presidente del Bloque del Frente de Todos, es el autor del proyecto y viene realizando presentaciones en distintas localidades articulando con las entidades.
Hablamos con Maite Alvado Directora de Personas Jurídicas de la provincia: ”Es un proyecto que viene a reparar y poner en valor al trabajo que hacen la asociaciones civiles en toda la Provincia. La condonación de deuda es de vital importancia. El 40% de las instituciones de la Provincia “no estaban al día”, lo que te impide acceder a subsidios y programas que el Estado brinda. «El proyecto también abarca la creación de un registro de comedores comunitarios para censar ediliciamente e impulsar remodelaciones».
El Proyecto alcanza a asociaciones civiles de primer grado como centros de jubilados, jardines comunitarios, clubes de barrio, centros culturales, sociedades de fomento y asociaciones de migrantes. Alvado explicó que esperan el acompañamiento del Senado: «Estamos trabajando en la reglamentación ya que queremos que el espíritu de la Ley se mantenga. Estas instituciones van a ser las que lleven adelante el proceso de reconstrucción post pandemia. Siempre son los primeros que le tienden una mano a los vecinos».
LAS CARÁCTERISTICAS DEL PROYECTO:
– Se declara de interés público provincial a las asociaciones civiles y mutuales.
– Se prorrogan los plazos para la presentación de la documentación anual.
– Se establece Tarifa Cero de servicios públicos de agua, gas, electricidad, internet y telefonía fija y móvil durante el término de la emergencia sanitaria.
– Se condonan las deudas de documentación anual obligatorias al 31 de diciembre de 2014 y se facilitará el proceso de normalización del 1 de enero de 2015 hasta la fecha.
– Exención de impuesto inmobiliario.
– La constitución de nuevas personerías jurídicas de este tipo de asociaciones puede llevarse adelante con trámites más simples y son eximidas de impuestos de tasas, sellos y timbrados. Las mismas deben constituirse con paridad de género.
– Las asociaciones tienen derecho una caja de ahorro gratuita para la Asociación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
– Se brinda asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito a las Asociaciones objeto de la presente Ley en las prestaciones a realizarse en sede administrativa y procesos judiciales excepto cuestiones penales y laborales donde las asociaciones sean parte demandada.
– Se decreta la inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles pertenecientes a las asociaciones civiles.
– Constitución de Censo Provincial de Infraestructura Social con la finalidad de que dicho censo permita un diagnóstico de la infraestructura para impulsar remodelaciones.
– Creación del registro de Bienes con Función Social para que aquellas instituciones que no tienen inmueble donde realizar sus actividades puedan solicitar el Permiso de Uso Precario.
– Registro de Comedores Comunitarios para conocer y relevar sus condiciones