El primer veredicto de juicio por jurados: no culpable

Se conoció esta tarde el veredicto del primer juicio por jurados que se realizó en la Provincia de Buenos Aires. El caso juzgado sucedió el 30 de enero de 2014 en el barrio Villa Hidalgo de José León Suárez. El acusado fue Guillermo Barros sospechado de asesinar a Gabriel Armella (30), marido de su hermana.

El imputado declaró que el 30 de enero, cerca de las 23.00 le avisaron que su ex cuñado había ido a la casa de su hermana, donde también vivían su madre y otros familiares, y había amenazado con una escopeta a su cuñada Antonia para que la dejara ver a sus hijas. Declaró que mientras uno de sus hermanos llamaba a la Policía, él salió a la calle, fue al encuentro de Armella porque “tenía la costumbre de entrar y pegarle a todos”, y él siempre era quien lo calmaba en esas situaciones.

“Levantó la mano y me quiso pegar con un recorte (escopeta recortada) en la cabeza. Ahí se cayó y cuando se estaba levantando estaba por gatillar y yo le decía ‘¡Soltá, basta Gaby!’. Entonces le doblé la mano, pegué un tirón y se disparó el arma”, relató a los jurados, que escuchaban atentamente.

A pedido de la fiscal, Barros luego mostró cómo fue el forcejeo con un custodio del tribunal, para que los ciudadanos entendieran mejor. “El me quería matar o iba a matar a alguien en mi casa porque estaba drogado. Nunca le quise hacer daño”, afirmó mirando hacia el piso y ante una consulta de la fiscal respondió: “El arma la habrá disparado él, él tenía la mano en el gatillo. Yo no disparé”.

El jurado confió en su relato y este mediodía lo declaró no culpable.

Cómo funciona el sistema

Unos 18 ciudadanos comunes -12 titulares y seis suplentes- fueron los encargados de resolver si se condenaba o no a Guillermo Barros. En este tipo de procesos el jurado se encarga de analizar los hechos y define si el imputado debe ser condenado o absuelto, como lo dispone la ley, «según su íntima convicción y de acuerdo a su leal saber y entender».

El juicio por jurados aplica para los delitos que estipulan penas superiores a los 15 años de prisión; para la condena se requiere diez o más votos y la unanimidad en caso en que el delito tenga prevista pena de prisión o reclusión perpetua.

Con esa votación concluye la intervención del jurado porque si se llega a una condena será el juez quien, en base al veredicto, dicte la sentencia, calificación e imposición de la pena. El mecanismo del juicio por jurado ya se aplica en las provincias de Neuquén y Córdoba.

Cada jurado recibe el equivalente a dos remuneraciones diarias y básicas del empleado público en la provincia, esto es 640 pesos más los viáticos y el refrigerio. Y si trabajan, sus empleadores están obligados a pagarle con normalidad el salario, sin quitas.

Entre los 39 candidatos que se presentaron para este primer juicio había amas de casa, el dueño de un boliche bailable, dos profesoras de escuela secundaria, de historia y arte, un agente de seguridad privada, una cocinera, y una jubilada.

Fuente: Infonews

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